Revolut x La Velada del Año VI Sorteo de entradas
¿En qué consiste esta promoción?
- Qué: puedes obtener una recompensa de 20 € (“Bono de Bienvenida”) y una participación en un sorteo en el que se seleccionará a un (1) ganador para recibir un premio (el “Premio”) que incluye: cuatro (4) entradas para La Velada del Año VI (cada entrada valorada en 149 €) y una suma de 1.000 € abonada en la cuenta de Revolut del ganador.
- Quién: nuevos clientes residentes en España (el “Mercado”) que completen los pasos necesarios que se indican a continuación.
- Cuándo:
• Periodo del Sorteo: desde el 23 de marzo de 2026, 00:00 UTC, hasta el 30 de junio de 2026, 23:59 UTC. Si completas los pasos necesarios durante este periodo, obtendrás tanto el Bono de Bienvenida como una participación en el sorteo.
• Periodo del Bono de Bienvenida: desde el 1 de julio de 2026, 00:00 UTC, hasta el 31 de diciembre de 2026, 23:59 UTC. Si completas los pasos necesarios durante este periodo, solo obtendrás el Bono de Bienvenida.
Estas condiciones y la página de la promoción explican cómo funciona. Debes cumplirlas, así como las Condiciones Personales aplicables a tu nueva cuenta personal de Revolut, para participar.
Elegibilidad y pasos necesarios
Para ser elegible, debes:
- tener una dirección registrada en el Mercado,
- no tener ni haber tenido previamente una cuenta personal de Revolut con ninguna entidad del grupo Revolut,
- tener al menos 18 años.
Los pasos necesarios son:
- Facilitar tu número de teléfono en el formulario de la página de la promoción
- Abrir una cuenta personal de Revolut mediante el enlace de la promoción enviado a tu dispositivo. Si abres la cuenta por el proceso habitual en la app, no podrás participar.
- Realizar un pago real con tarjeta de al menos 20 €.
El primer pago puede hacerse con tarjeta física o virtual de Revolut. Debe ser una compra real; se excluyen transferencias a proveedores de pago, otras cuentas bancarias o monederos electrónicos.
Si completas los pasos durante el Periodo del Sorteo, recibirás el Bono de Bienvenida y una participación en el sorteo. Si los completas durante el Periodo del Bono de Bienvenida, recibirás solo el Bono de Bienvenida.
¿Cuándo recibiré el Bono de Bienvenida?
Ingresaremos el Bono de Bienvenida en tu nueva cuenta personal de Revolut en un plazo de hasta 10 días hábiles desde que completes los pasos requeridos.
¿Cómo funciona mi participación en el sorteo?
En un plazo de hasta 10 días hábiles tras finalizar el Periodo del Sorteo, seleccionaremos aleatoriamente a un (1) ganador entre todos los participantes elegibles.
Si resultas ganador, te lo comunicaremos por correo electrónico a la dirección registrada en tu cuenta.
Dispondrás de 48 horas desde que te contactemos para aceptar el Premio y facilitar la información solicitada. Si no respondes en ese plazo, se seleccionará otro ganador.
Si tras contactarte comprobamos que ya no cumples los requisitos, no podremos entregarte el Premio y se elegirá otro ganador.
Aspectos legales
Aspecto Legal | Información |
Uso indebido o abuso de la promoción | Podemos suspender, modificar o finalizar la promoción —para un participante concreto o para todos— si se está haciendo un uso indebido, si pudiera perjudicar la buena voluntad o reputación de Revolut, o si surgen circunstancias razonablemente imprevisibles fuera de nuestro control que hagan imposible continuar con la promoción. No seremos responsables de ninguna pérdida derivada de ello, salvo en caso de dolo o negligencia grave por nuestra parte. ¿Tienes algún problema? Contacta con el servicio de Atención al Cliente desde la app de Revolut. |
Cambios o finalización anticipada | Si esto ocurre, te informaremos del mismo modo en que te invitamos a la promoción (por ejemplo, por correo electrónico, notificación push o dentro de la app). Daremos aviso a través de la app y/o por correo electrónico. No te preocupes: si ya has participado en la promoción, los cambios en los términos no te afectarán, salvo que circunstancias imprevisibles fuera de nuestro control nos impidan seguir gestionándola. |
Fraude o incumplimiento de las normas | Si incumples las Condiciones Personales de Revolut, estos términos, o participas de forma fraudulenta, podremos revertir cualquier Bono de Bienvenida abonado en tu cuenta. Al continuar, autorizas por adelantado dicha reversión. |
Cuenta cerrada o restringida | Para recibir el Bono de Bienvenida, debes tener una cuenta Personal activa (no cerrada, suspendida o restringida) durante todo el Periodo de la Promoción y/o en el momento en que debas recibir el bono. |
Impuestos en España | Si resides en España, cualquier premio está sujeto al IRPF. Se te abonará el importe íntegro sin retención. Eres el único responsable de declarar el valor del premio y de pagar los impuestos correspondientes (actualmente el 19%) a la Agencia Tributaria. |
Datos y privacidad | Procesaremos tus datos personales conforme a la Política de Privacidad aplicable a tu cuenta personal de Revolut. La Velada del Año VI también puede recopilar datos personales o enviarte comunicaciones comerciales relacionadas con esta promoción. Consulta su web (https://www.infolavelada.com) para más información y gestionar tus preferencias. |
Exclusiones | No pueden participar empleados, directivos, agentes, contratistas ni afiliados de las entidades del grupo Revolut. |
Idioma | Las condiciones se publican en inglés y pueden traducirse a otros idiomas. La versión aplicable dependerá de la entidad que proporcione tu cuenta. |
Esta promoción está organizada y ofrecida por:
Entidad del grupo Revolut / sucursal | Domicilio social | Ley aplicable a estas condiciones y idioma prevalente (y jurídicamente vinculante) | Tribunales competentes |
Revolut Bank UAB, Sucursal en España | Príncipe de Vergara 132, 28002, Madrid (España), con NIF W0250845E, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 44863, Hoja 1, Sección 8, Página M-789831, y en el Banco de España con el número 1583 | Legislación española. La versión en español de estas condiciones prevalece sobre la versión en inglés y se utilizará en cualquier procedimiento. | Los juzgados y tribunales competentes de España. |